Nos parece adecuado en esta ocasión tratar un tema importante como es el reconocimiento de las sentencias extranjeras en España o lo que es lo mismo, el llamado procedimiento de exequátur.
A pesar de que no es un término habitual en el lenguaje coloquial, muchos de nosotros debemos recurrir a el porque nos encontramos en posición de validar una sentencia en otro país y a veces estamos desorientados con los pasos a seguir. Lo que se busca con este proceso es que el juez reconozca la homologación de dicha sentencia y esta pueda desplegar todos sus efectos en el país en el que se solicita.
Un claro ejemplo es el de las sentencias de divorcio emitidas por un tribunal extranjero y que necesitan ser validadas para poder cambiar el status civil en España. La obligación de cualquier persona que posee la nacionalidad española es inscribir su matrimonio en el Registro Civil Consular, donde deben constar todos los hechos de estado civil que afectan a españoles (Art. 15 de la Ley de Registro Civil). Si este paso se omitió, no quiere decir que no se esté casado para todos los efectos en España también, sino que el matrimonio no está inscrito. Si posteriormente se sucede un divorcio este no tendrá efectos en España mientras no se reconozca mediante resolución del juzgado competente.
Si estas en esta situación haz de saber que los documentos que se deben ir reuniendo son los siguientes:
¿Qué documentación hay que presentar?
Junto con la demanda de exequatur se deberán aportar los siguientes documentos:
a) Copia auténtica de la Sentencia legalizada o con la apostilla de La Haya.
b) Certificado del testimonio de que la Sentencia es firme.
c) Certificado de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso de que ha sido dictada en rebeldía
d) Fotocopia del DNI/NIE.
e) Poder general para pleitos.
f) Si se trata de un procedimiento de exequatur por sentencia de divorcio, certificado literal de matrimonio, certificado literal de nacimiento de hijos si los hubiera, y convenio regulador si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo.
Si se te presentan más dudas sobre este proceso no dudes en contactarnos, tenemos un equipo de expertos en la materia que podrán asesorarte legalmente en el procedimiento y llevar tu caso de manera diligente.
Elisa Carolina Fernández Feijoo
Asesor en extranjería y migraciones.
0 comentarios:
Publicar un comentario